La comisión de Comercio aborda la nueva normativa del mercadillo ambulante José Luis Madueño informa que la nueva normativa se adapta a las exigencias de Europa y la Junta de Andalucía
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22 de octubre de 2016. El concejal de Comercio, José Luis Madueño ha detallado algunos de los aspectos más relevantes abordados en la comisión de Comercio, Industria, Empresa y Artesanía celebrada esta semana. Como ha explicado, el principal tema que se ha tratado ha sido la derogación de la anterior normativa que había de mercado ambulante, que correspondía al año 1993. “Estaba totalmente obsoleta y ya no cumplía los requisitos que se requiere la normativa tanto europea como andaluza.”, ha dicho. La adaptación se ha llevado a cabo durante un periodo de siete meses, ya que, como ha informado el concejal, se han querido dar pasos cortos, pero seguros. En este sentido, ha relatado que el 15 de marzo fue cuando se presentó el primer borrador por parte de la concejalía de comercio y el 7 de abril los diferentes grupos políticos propusieron las distintas modificaciones al borrador. A continuación, cuando las propuestas de los grupos de la oposición fueron admitidas, el 25 de abril se remitieron a la Dirección General de Comercio. Posteriormente se aprobaron en la comisión del 7 de abril y el 2 de agosto recibieron desde la dirección general las modificaciones que debían considerar sobre el texto enviado. En ese mismo mes se remitieron las ordenanzas con las correcciones propuestas por la dirección general de comercio y el 21 de septiembre se recibió el informe favorable. Para finalizar, el 6 de octubre la secretaria del Ayuntamiento informó que se ajustaba a las determinaciones legales establecidas y la próxima semana, el 26 de octubre, se llevará a pleno. Tras todo este proceso tendrá que tener una exposición pública durante treinta días y después será publicado en el BOJA y se comenzará a hacer uso de la normativa.
Prosiguiendo con los aspectos abordados en la comisión, el concejal de Comercio ha detallado los puntos más relevantes que alberga esta nueva normativa. Por ello ha comenzado explicando que queda excluida la actividad del comercio de objetos de segunda mano. “Desde la consejería de comercio y desde la dirección general nos dicen que esa actividad queda excluida y no está contemplada en el texto refundido de la ley de comercio ambulante. Es decir esa actividad no se puede ejercer”, ha explicado.
Otro de los aspectos más relevantes, ha detallado, es la necesidad de tener contratado un seguro de cobertura mínima de 150.000 euros por si hay algún problema o accidente. También ha especificado, que habrá un total de 141 puestos. En este sentido, ha explicado que en la anterior legislatura había 137, no obstante se sortearon diez más.
El texto explica también que los vendedores colindantes, a un vendedor que ha faltado, deberán ocupar cada uno la mitad del puesto vacante, para evitar la ocupación de comerciantes ilegales. Además, ha destacado que la duración de la concesión será de 15 años prorrogables por otros 15 más. “Es un cambio totalmente en la adjudicación de los puestos de trabajo. En la anterior normativa estos se concedían por sorteo, no obstante ahora desde la normativa europea, establecen que es por concurrencia competitiva”, ha indicado Madueño. El objetivo de esto, ha subrayado, es mejorar la profesionalidad de los vendedores y dar un mejor servicio a los clientes. “De esta forma se crea un baremo para valorar los distintos criterios y primar la experiencia y profesionalidad, además de otros aspectos. Queremos que el vendedor ambulante sea también un profesional a la hora de atender al público y su negocio”, ha informado.
Las autorizaciones se podrán transferir previa autorización del Ayuntamiento. En esta normativa, ha informado Madueño, se han puesto unas condiciones para que no haya un “mercadeo” entre los distintos ambulantes, ya que Úbeda es un mercado “apetecible” y podría producirse un trasvase. Estas licencias no podrán transferirse si no han transcurrido 5 años desde que se ha conseguido la primera licencia. No obstante, se autoriza la transmisión abonando cuatro trimestres de las tasas establecidas en la ordenanza fiscal. Otra de las condiciones es, que para que se puedan transferir se deben de cumplir 5 de los 11 requisitos que están baremados dentro de la normativa.
La normativa especifica que el cese de la autorización se podrá contemplar por la no comparecencia al puesto durante mes y medio seguido o seis semanas alternas. La ausencia durante un mes o 15 días alternos, se considera periodo vacacional, por lo que es un motivo justificado. También han recogido que las futuras modificaciones de la normativa tendrán que ser informadas al consejo andaluz de comercio y sus informas serán siempre preceptivos pero no vinculantes. “Es una normativa completa, moderna, actual y que cumple todos los requisitos europeos y de la junta de Andalucía. Creemos que es ahora mismo la mejor normativa que se podría hacer”, ha concluido Madueño.
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