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Abierto el plazo de solicitud para el Programa de Ayuda a la Contratación de Andalucía del Plan de Inclusión impulsado por la Junta

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Los solicitantes tendrán hasta el 26 de enero para inscribirse y podrán obtener

la solicitud en los centros de servicios sociales de la localidad, así como en la

web oficial del Ayuntamiento y la web oficial de la Junta de Andalucía

 

16 de enero 2018. Desde la Concejalía de Servicios Sociales se informa a la ciudadanía que ayer, 15 de enero, se abrió el plazo para acogerse al Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación de Andalucía del Plan de Inclusión a Través del Empleo.

 

En julio de 2017, el Ayuntamiento volvió a solicitar la participación en este programa, para el que tuvo que presentar una memoria explicativa de las actuaciones a desarrollar con los contratos financiados a cargo de la prórroga de dicho programa, impulsado por la Junta de Andalucía.

 

Para el desarrollo de tal programa la administración autonómica ha asignado al Ayuntamiento de Úbeda un total de 130.560 euros, a fin de contratar a aquellas personas que, empadronadas en el municipio y cumpliendo los requisitos exigidos en el citado decreto-ley, hayan sido previamente seleccionadas para un contrato por una duración determinada entre un mínimo de quince días y un máximo de tres meses.

 

En cuanto al objetivo de las tareas a desarrollar mediante este programa, destacar que serán aquellas que proporcionen a las personas beneficiarias una experiencia laboral útil, para su posterior inserción en el mercado laboral y atiendan a sectores de la población con necesidades sociales especiales.

 

REQUISITOS DE LAS PERSONAS DESTINATARIAS.

Así, destacar que podrán acceder las personas en edad laboral, pertenecientes a una unidad familiar, que reúna los requisitos establecidos en el artículo 8. A tal efecto, se considera unidad familiar la constituida por la persona destinataria del Programa, y en su caso, su  cónyuge no separado legalmente o pareja de hecho inscrita, u otra relación análoga debidamente acreditada, y los hijos e hijas de uno u otro si existieren, con independencia de su edad, así como en su caso las personas sujetas a tutela, guarda o acogimiento familiar, que residan en la misma vivienda.

 

Las personas destinatarias del Programa deberán estar empadronadas en el municipio donde presenten la solicitud y reunir los siguientes requisitos:

a)    Que en el momento de la presentación de la solicitud se encuentren en situación de demandantes de empleo inscritos en el SAE, y no hayan trabajado más de 90 días durante el año anterior a la solicitud: Del 15 de enero de 2017 al 15 de enero de 2018, (plazo de apertura de la solicitud).

b)   Que en el momento de presentación de la solicitud, la persona solicitante pertenezca a una unidad familiar donde concurran las siguientes circunstancias:

1º) Que al menos un año antes de la presentación de la solicitud, (15 de enero de 2017) todas las personas que componen la unidad familiar hayan estado empadronadas como residentes en un mismo domicilio ubicado en un municipio de la Comunidad Autónoma Andaluza, a excepción de las personas  menores nacidas, adoptadas o acogidas con posterioridad a esa fecha, las víctimas de la violencia de género y las personas andaluzas retornadas.

2º) Que el importe neto máximo de los ingresos del conjunto de la unidad familiar sea:

-        Inferior al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para las familias unipersonales. (537,84 €)

-        Inferior a 1,3 veces el IPREM para unidades familiares de dos miembros. (699,19 €)

-        Inferior a 1,5 veces el IPREM  para unidades familiares de tres miembros. (806, 76 €)

-        Inferior a 1,7 veces el IPREM  para unidades familiares de cuatro o más miembros. (914,32 €)

A tal efecto, se computarán los ingresos de cualquier naturaleza, que cada miembro de la unidad familiar haya percibido, durante los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud (15 de julio de 2017 al 15 de enero de 2018)

c)    Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, acreditado mediante Informe realizado por la persona trabajadora social de Servicios Sociales Comunitarios. El informe Social solo se emitirá si la persona solicitante cumple los requisitos señalados en el artículo 8 del citado Decreto-Ley.

A tal fin se utilizara preferentemente el modelo de informe elaborado para esta finalidad por la Consejería con competencias en materia de Servicios Sociales.

 

 

 

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Para poder acogerse al programa, será preceptivo, presentar la solicitud, en el modelo oficial que recoge en el Anexo I del Decreto Ley 8/2014 de 10 de junio de 2014,  que está disponible en la web de la Junta de Andalucía, y en la Web municipal (www.ubeda.es).

 

Además, la solicitud impresa se podrá recoger en los Centros de Servicios Sociales de la localidad (C/Explanada, S/N y Ariza, S/N), lugares en los que se podrá obtener una información más detallada del programa y resolver dudas de los propios solicitantes.

 

La solicitud se presentará en el Registro General del  Excmo. Ayuntamiento de Úbeda, hasta el día 26 de enero. En caso de que hubiese dos o más solicitudes de personas que componen una misma unidad familiar, sólo se atenderá a la que se hubiera registrado antes.

 

 

CRITERIOS

Los criterios para seleccionar a las personas beneficiarias de estos contratos en el caso de que existan más personas que cumplan los requisitos que número de contratos a realizar se hará conforme a lo previsto en el artículo 9 del Decreto-Ley, tendrán prioridad para la adjudicación de la misma, aquellas que pertenezcan a unidades familiares en las que concurra por orden de prelación, alguna de las circunstancias siguientes:

a) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar, donde el resto de sus miembros, no hayan realizado actividad laboral de empleo durante al menos seis meses del año anterior a la fecha de la solicitud.

b) Que la persona solicitante sea víctima de violencia de género, o algún componente de su unidad familiar. En ningún caso, la persona solicitante, podrá ser el agresor, y tendrá esta consideración la persona procesada y condenada por delitos que deba conocer un Juzgado de Violencia contra la Mujer.

c) Que alguna de las personas que componen la unidad familiar, tenga declarada discapacidad igual o superior al 33 por ciento o se encuentre en situación dependencia.

d) Que la persona solicitante pertenezca a una unidad familiar monoparental, con al menos, un menor a cargo.

e) Que entre los miembros de la unidad familiar de la persona solicitante haya, al menos, una persona menor de edad.

f) Que la persona solicitante, forme parte de una unidad familiar que tenga la condición de familia numerosa de conformidad con la legislación vigente.

g) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar, con al menos, dos menores a cargo.

h) Que la persona solicitante sea residente en Zonas con Necesidades de Transformación Social.

i) Que la persona solicitante, sea mujer.

j) Que la persona solicitante sea mayor de cincuenta años.

 

Los criterios anteriores, para ser considerados, deben ser justificados documentalmente, junto a su solicitud.

 

En caso de empate, se procederá a priorizar a aquellas unidades familiares en las que concurran, el máximo de circunstancias por orden de prelación, y a igualdad de número de circunstancias, se considerará la intensidad y duración de las condiciones referidas.

 

Los contratos de trabajo se desarrollaran para puestos no cualificados, con arreglo a las necesidades de personal de las diferentes Área Municipales del Ayuntamiento.

 

Los contratos se realizarán conforme a la normativa vigente y tendrán una duración determinada de un mínimo de 15 días y un máximo de tres meses (como se ha mencionado anteriormente) y la modalidad de contrato, será por obra y servicio determinado. Sólo se podrá contratar a dos personas de la misma unidad familiar, en caso de que no hubiera solicitudes pendientes de otras unidades familiares.

 

 

 

 

 

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